Rechazado recurso de nulidad interpuesto por defensa de Felipe Santana en la Corte de Apelaciones de Puerto Montt

Fernando Leal, abogado defensor, indicó que se va a analizar la respuesta entregada por la corte. Se estima que una vez terminado esto, junto a su equipo, van a presentar un recurso de revisión. Así como la presentación del caso en instancias internacionales, como la corte interamericana de DD. HH, en el caso de que fuera rechazado el recurso de revisión.

Una luz de esperanza para Felipe Santana, como inocente de los cargos que se le imputan, fue la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Sin embargo esta entregó su fallo en contra. Lo anterior, tras la presentación del recurso de nulidad que fuera presentado por la defensa de Felipe.

Argumentos para el Rechazo

El texto indica que el condenado fue juzgado por diversos delitos. La ocurrencia fue datada en diferentes fechas del mes de noviembre del 2019. El recurso presentado por la defensa, sólo hace referencia al que corresponde al incendio frustrado.

Además, señaló el escrito, que todos los testigos que confirmaron la participación de Felipe Santana, fueron profesionales y peritos. Se logró identificar al acusado en diferentes registros, a través de ciertos detalles en sus vestimentas, las que fueron contrastadas en registros de varios días.

El documento explica además que el análisis referido en el recurso de nulidad es concerniente a CIERTOS elementos probatorios. Sin relacionarlo a otras fundamentaciones argumentadas en la propia sentencia en contra de Felipe. Se confirma su participación, no sólo en el hecho que cuestiona la defensa, si no que en otros realizados en días previos al incendio frustrado.

En consecuencia, la corte de apelaciones de Puerto Montt rechazó este recurso de nulidad. Ya que las pruebas remitida durante el juicio acreditan la responsabilidad de Felipe en los hechos que se le acusan.

Defensa

Ante la resolución de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, su abogado defensor, Fernando Leal, comentó cuáles serán los movimientos a seguir, para revocar el juicio condenatorio.

Leal indicó que se va a analizar la respuesta entregada por la corte. Se estima que una vez terminado esto, junto a su equipo, van a presentar un recurso de revisión. Así como la presentación del caso en instancias internacionales, como la corte interamericana de DD. HH, en el caso de que fuera rechazado el recurso de revisión.

El abogado detalló que, durante la audiencia, donde se realizaron los alegatos en la corte de apelaciones, solicitaron que se hiciera control difuso de convencionalidad. Los jueces deben revisar las leyes, reglamentos y conductas de sus autoridades al momento en que son utilizados con los individuos de un Estado. Para asegurar de que éstos cumplan con los parámetros convencionales de derechos humanos.

“Lo que pasa es que el control difuso de confidencialidad es una obligación que compete a todos los tribunales del país y de todos los estados que son signatarios de la convención latinoamericana de DD. HH. Donde se tiene que ajustar las resoluciones a lo que ha sostenido la corte interamericana, que es su única interprete. Nosotros le explicamos a la Corte de Apelaciones que este fallo – respecto al cual recurrimos a la nulidad- es velatorio de fallos, tanto de la comisión interamericana como la corte de derechos humanos. En tal contexto, solicitamos que hicieran este control de convencionalidad, pero la corte no emitió ninguna respuesta y conclusión a esta solicitud”, detalló Leal.

¿Dónde quedan los Derechos Humanos?

El defensor agregó que la corte de apelaciones no se pronunció ante este requerimiento indicado por la defensa, lo que puede conllevar a una ilegalidad. El abogado ejemplificó con lo sucedido en el 2018, donde ministros de la corte suprema fueron denunciados constitucionalmente por no considerarlo.

“Cuando se realizó la solicitud de control de convencionalidad, tanto el ministerio público, como la abogada de la intendencia, que representan a dos órganos del Estado, no tenían mucho conocimiento de estas legalidades. Ya que hicieron alegaciones que son absolutamente contrarias a la corte interamericana, y a lo que establece la sentencia de éste, señalando que este control de convencionalidad debió haberse pedido antes. Siendo que no se establece un momento adecuado para que este sea presentado

abogado fernando leal

Fernando Leal añadió que este tipo de acciones, donde no son consideradas las reglamentaciones a los derechos humanos, a los cuales Chile está adscrito, pueden incurrir en una condena internacional para el país.

Redacción: Daniel Carrasco