Municipio de Puerto Montt creará Ordenanza Contra el Acoso Sexual Callejero

Durante la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, la Municipalidad de Puerto Montt anunció diferentes avances en torno a la la Ordenanza Contra la Acoso Sexual Callejero. En concreto, que como insumo para la elaboración de esta iniciativa se realizarán diferentes actividades de participación ciudadana.

Por un período de dos meses, distintas unidades desarrollarán varias iniciativas junto a vecinas como vecinos. El objetivo será recoger opiniones e informaciones para la elaboración del documento. Destacan de ello, la realización de un “focus group”, conversatorios temáticos en distintos sectores y buzones presenciales. Así como también una encuesta virtual que se podrá acceder vía código QR o desde el sitio web www.puertomontt.cl.

Al respecto, el alcalde de Puerto Montt Gervoy Paredes manifestó: “esperemos que en el futuro, el rol del Estado sea mucho más fuerte, porque nosotros podemos hacer una ordenanza pero si nosotros no tenemos la cantidad de recursos humanos suficientes o económicos eso queda en letra muerta, y eso es lo que no queremos que ocurra”.

¿Que es el acoso sexual callejero?

El Observatorio Contra el Acoso Callejero (OCAC Chile), es una organización que se dedica a denunciar, visibilizar y educar en torno a esta problemática. La organización define el acoso sexual callejero como prácticas de connotación sexual ejercidas por una persona desconocida, en espacios públicos como la calle, el transporte o espacios semi públicos (mall, universidad, plazas, etc.); que suelen generar malestar en la víctima. Estas acciones son unidireccionales, es decir, no tienen el consentimiento la víctima y quien acosa no tiene interés en entablar una comunicación real con la persona agredida.

La organización agrega que estas prácticas son sufridas de manera sistemática, en especial por mujeres de todas las edades. Las víctimas sufren estas acciones incluso varias veces al día a partir de los 12 años. Esto llega a generar traumatización, no sólo cuando estos hechos vulneran gravemente a una persona, sino también por verse sometida constantemente a ello.

Redacción: Manuela Barrueto