Empresas que combaten incendios forestales se coludieron durante 7 años

La Tercera Sala de la Corte Suprema de Chile ha confirmado la sanción impuesta por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) a las empresas Faasa Chile Servicios Aéreos y Martínez Ridao por colusión en el combate de incendios forestales durante un período de siete años. Según la imputación, estas compañías llevaron a cabo un acuerdo para restringir y entorpecer la competencia en el mercado de combate y extinción de incendios forestales mediante aviones cisterna en el territorio nacional entre los años 2009 y 2015.

La Corte Suprema rechazó el recurso de reclamación presentado por Faasa y acogió parcialmente el formulado por Martínez Ridao, reduciendo la multa impuesta por el TDLC en su sentencia. Como resultado, cada empresa deberá pagar una multa de 1.900 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalente a más de $1.440 millones, que será destinada al beneficio fiscal.

Además de la sanción económica, la sentencia ratificó la orden de implementar un programa de cumplimiento y ética en materia de libre competencia, acorde con los requisitos establecidos en la “Guía de Programas de Cumplimiento de la Normativa de Libre Competencia” de la Fiscalía Nacional Económica (FNE).

Historia

El caso se inició tras un requerimiento presentado por la FNE en julio de 2018, en el que se acusó a ambas empresas de coordinarse para determinar condiciones de comercialización, precios y participación en procesos de contratación públicos y privados para obtener contratos en el mercado chileno.

Las instituciones del Estado, como la Corporación Nacional Forestal (Conaf) y la actual Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred), así como algunas empresas forestales privadas, fueron afectadas por la colusión.

Persecución de carteles

El fiscal nacional económico, Jorge Grunberg, expresó su satisfacción por la decisión de la Corte Suprema y afirmó que “esta sentencia constituye un importante respaldo al intenso trabajo que lleva adelante la Fiscalía Nacional Económica para mantener una efectiva persecución de carteles, particularmente en mercados altamente sensibles para nuestro país”.

La Corte Suprema justificó la imposición de la multa de igual magnitud a ambas empresas al considerar que ambas colaboraron en la misma medida en la materialización de hechos que tuvieron un impacto significativo en un mercado crucial para el país, como es el combate de incendios forestales, que afecta la vida y propiedad de las personas. Asimismo, destacó que la conducta colusiva se mantuvo durante un extenso período de tiempo, desde 2009 hasta 2015.