Autoridades llaman a denunciar malas prácticas de empleadores de cara a los feriados irrenunciables de Fiestas Patrias

Como en cada Fiestas Patrias, los chilenos se preparan con anticipación para celebrar y disfrutar de esta celebración. En este sentido, cabe tener en cuenta que este año los festejos contarán con cuatro días de celebración.

A los ya tradicionales feriados irrenunciables del 18 y 19 de septiembre, esta vez se agrega un nuevo feriado para el viernes 16 de septiembre. Se trata de un feriado legal, más no irrenunciable, que el Congreso aprobó durante agosto.

La promulgación de la Ley N° 21.482 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que otorga el feriado del 16 de septiembre se publicó finalmente en el Diario Oficial el 10 de septiembre de 2022, justo a tiempo para que los trabajadores pudiesen disfrutarlo en estas festividades.

Fiscalizaciones

Precisamente con esto en mente, es que las autoridades de la región entregaron una serie de recomendaciones y advertencias orientadas a garantizar el descanso efectivo de las y los trabajadores. Luz Torres, Seremi de Gobierno advirtió que tanto a nivel regional como nacional, la Dirección del Trabajo se encontrará realizando las fiscalizaciones correspondientes para garantizar el cumplimiento de la normativa.

Asimismo, recalco el llamado a las y los trabajadores a denunciar. “El llamado que nosotros hacemos a los trabajadores y trabajadoras es que hagan la denuncia correspondiente si sienten que se está vulnerando su derecho al descanso”, explicó.

Las denuncias a este respecto podrán realizarse tanto a través del sitio web de la Dirección del Trabajo, ingresando con Clave Única, como en forma telefónica al 600 450 0000. Lo empleadores que incumplan la normativa se exponen a multas que irán entre las 5 y 60 UTM, según el tamaño de la empresa infractora.

Excepciones al feriado irrenunciable

Cabe recordar que existen ciertos rubros en los cuales los trabajadores no podrán acogerse a este feriado irrenunciable. Entre ellos se encuentran los establecimientos de entretenimiento como cines, discotecas y pubs; hoteles y restaurantes; bencineras; farmacias de urgencia y de turno; y trabajadores del transporte, la salud y las fuerzas del orden.

La ley establece que aquellos trabajadores a quienes no aplican los feriados irrenunciables tendrán derecho a tomarse estos descansos una vez cada dos años, es decir año por medio. Esto significa que quienes deberán trabajar durante estas Fiestas Patrias podrán descansar en los mismos días trabajados el próximo año.