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Ley de aporte estatal a la clase media

A días de convertirse en ley proyecto que establece aporte fiscal para la clase media.

La iniciativa establece la entrega de un bono de 500 mil pesos. Un préstamo estatal de hasta 650 mil pesos mensuales para trabajadores formales y a honorarios. Así como los que tengan empresas individuales, que hayan bajado su nivel de ingresos por efectos de la pandemia.

Los grupos excluidos de la ayuda estatal son los trabajadores del transporte colectivo y escolar. Feriantes, garzones y personas jubiladas por el sistema de renta vitalicia, entre otros. Todos ellos tampoco accedieron a los beneficios de las leyes de Ingreso Familiar de Emergencia. Entonces ¿Quién podrá defenderlos?

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto que establece un financiamiento con aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media. Esta aprobación se da en medio del masivo retiro de fondos de las AFP. Más de un millón 800 mil personas han ingresado solicitudes de retiro de fondos de pensiones durante las primeras horas de este jueves. Y a horas de que el Ejecutivo, realice su cuenta pública. Actividad que se da en medio de una crisis sanitaria, social y política, donde el Gobierno sólo cuenta con 6% de respaldo.

Con 143 votos a favor y uno en contra, la iniciativa fue despachada al Ejecutivo para su promulgación como ley, tras ser publicada en el Diario Oficial.

La iniciativa va dirigida a los trabajadores y trabajadoras formales que han sido afectados en sus ingresos con una reducción igual o superior al 30% y que el promedio de sus remuneraciones mensuales en el año 2019 fluctuó entre los $400.000 y $1.500.000.

La ayuda se materializará a través de la entrega de un bono y la posibilidad de acceder a un préstamo estatal. Se espera llegar, así, a más de un millón 600 mil trabajadoras y trabajadoras de clase media.

Los olvidados

Pese a que el proyecto contó con el apoyo mayoritario de legisladores de diversos sectores, quienes valoraron la iniciativa, contó con una fuerte tensión. Lo anterior debido a que los trabajadores del transporte colectivo y escolar, feriantes, garzones y personas jubiladas por el sistema de renta vitalicia, no podrán acceder a los beneficios de la iniciativa. Dicho grupo también quedó fuera de los beneficios de las leyes de Ingreso Familiar de Emergencia.

Tras la sesión, el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, se comprometió a buscar otra alternativa para dicho sector, por lo que, junto a la ministra de Transportes, se reunirán con el gremio que reúne a los transportistas el próximo lunes.

La autoridad, explicó que los trabajadores beneficiarios de este proyecto son los que tienen ingresos formales. Se entiende que son aquellos que dejan algún registro administrativo -que no remite únicamente a ingresos laborales-, sino a cualquier ingreso que se pueda tener. De modo de contar con un instrumento efectivo que dé cuenta de la baja en sus remuneraciones.

Agregó que algunos transportistas ingresan en el beneficio. Los que tienen pagos previsionales, pero no los con renta presunta e informales, quienes podrán postular al Ingreso Familiar de Emergencia, hoy simplificado. Requiere para su acceso solo contar con ficha en el Registro Social de Hogares.

Contenido del Proyecto

El proyecto establece un aporte en directo, que se puede solicitar una sola vez y que no es restituible, por un monto de $500 mil. Está dirigido a todos los trabajadores y trabajadoras que tenían ingresos formales brutos entre $400.000 y $1.500.000 mensuales y que han sufrido caídas en sus ingresos de al menos un 30%.

Esto contempla a los siguientes grupos:

Trabajadores con contrato suspendido o cesantes, beneficiarios del seguro de cesantía. También considera a personas con su contrato suspendido. Cesantes que no sean beneficiarios del seguro de cesantía (por no calificar o no estar afiliados – trabajadores con contratos pre 2002).

Otro de los grupos es el de trabajadores que han acordado reducciones salariales mayores al 30%. Así como las personas naturales organizados como empresas individuales (cuenta propia) que han visto caer sus ingresos en 30% o más.

Trabajadores/as a honorarios

También se favorecerá, con montos decrecientes, a aquellos trabajadores con ingresos entre $1,5 y $2 millones de mensuales, que hayan tenido caídas de ingresos de 30% o más. La propuesta contempla llegar a un aporte de 100 mil pesos para quienes tengan promedio mensual de ingreso sobre 1.800.000 y hasta 2.000.000 de pesos.

Préstamos solidario estatal

Un segundo punto de la norma establece un préstamo solidario con aporte estatal. Se podrá solicitar en forma voluntaria, con tasas de interés real igual a 0%, que sólo será reajustado de acuerdo a la inflación.

El préstamo podrá solicitarse hasta por cuatro meses, con un monto mensual máximo de $650.000. El primer mes, solo podrá solicitarse por el monto que exceda del aporte estatal mencionado anteriormente de $500.000 pesos.

Se otorgará un año de gracia al préstamo solidario, por lo que las personas comenzarán a pagar en abril de 2022 y lo harán en un plazo de cuatro años, hasta el 2025.

El pago del préstamo será en función de los ingresos que tenga el trabajador y ningún pago podrá superar el 5% de sus ingresos anuales. De no lograr pagar todo el monto, el remanente total será condonado por parte del Estado.

Podrán solicitar el préstamo solidario las personas que tienen una renta mensual promedio durante 2019 igual o superior a $400 mil y que sus ingresos hayan disminuido en, al menos, un 30%. Se financiará hasta un 70% de la caída de sus ingresos.

El préstamo solidario se solicitará mensualmente solo vía online al Servicio de Impuestos Internos y será entregado por la Tesorería General de la República. Lo anterior será una vez que estén validadas las rentas que tienen las personas, en un plazo de 10 días hábiles luego de realizada la solicitud.

El proyecto también dejó establecido que en los casos de quienes tengan deudas por pensiones alimenticias, Tesorería retendrá hasta el 50% del beneficio contemplado en la ley para cubrir las pensiones impagas.